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Pagaré

 

Documento Literal o Titulo de valor o Instrumento Financiero, documento escrito mediante el cual una persona ( Emisor) Se compromete a pagar a otra persona (El Beneficiario) Una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada.


Los pagares pueden ser al portador o endosables es decir, que se pueden transmitir de un tercero los pagares pueden emitirlos los individuos particulares de empresas o estados.


Elementos Personales:


1.Librador es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la vista o en una fecha futura fija o determina dable.
2.El Beneficiario o Tenedor, es aquel cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagaré.
3.El Fiador o Avalista. La persona que garantiza el pago del pagaré. Requisitos del Pagare.


Requisitos del Pagaré


1.La mención de ser pagare, inserta en el texto del documento.
2.La promesa incondicional de pagar una determinada de dinero.
3.El nombre de la persona a quien debe hacerse el pago.
4.El lugar y la época del pago.
5.La fecha y el lugar en que se suscriba el documento.
6.La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.



 Letra de Cambio



Es un título de crédito que contiene la orden incondicional que una persona llamada girador da a otra llamada girado, de pagar una suma de dinero a un tercero llamado beneficiario.



Elementos Personales:


El girador: es la persona que da la orden de pago.


El girado: es la persona quien se le ordena realizar dicho pago.


El beneficiario: es la persona facultada para ejercitar el derecho literal consignado en el título de crédito, en el derecho moderno mercantil se admite sobre la base de las características del derecho, se hallan reducido a que el girador y el beneficiario.




Cheque



Documento literal que contiene la orden incondicional de pago, dada por una persona (Librador) a una Institución de crédito (Librado) de pagar a la vista a un tercero o al portador (Beneficiario) una cantidad de dinero.

Requisitos del Cheque

•Mención de ser cheque insertada en el documento
•Lugar y Fecha de Expedición
•Orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero
•Nombre del librado
•Lugar del pago y
•Firma del librador.

Requisitos para el libramiento


•Solo se libra contra una institución de crédito.
•Solo puede librar la persona que tenga celebrado un contrato de depósito de dinero a la vista en cuenta corriente de cheques, con el banco librado
•Solo se puede librar cuando el librador tenga fondos suficientes en su cuenta.



Bono




Los bonos son certificados que se emiten para obtener recursos, estos indican que la empresa pide prestada cierta cantidad de dinero y se compromete a pagarla en una fecha futura con una suma establecida de intereses previamente, y en un periodo determinado. Cuando un inversionista compra un bono, le esta prestando su dinero ya sea a un gobierno, a un ente territorial, a una agencia del estado, a una corporación o compañía, o simplemente al prestamista.



Es un instrumento a través del cuál el “emisor” se compromete a devolver en una fecha determinada el monto recibido en préstamo del “inversor” y a retribuir dicho préstamo con una cantidad periódica en concepto de “intereses”.


Acciones



Son títulos de crédito nominativos que representan una de las partes iguales en las que se divide el capital social de una empresa, emitidos por sociedades mercantiles, cuyo destino es el financiamiento de proyectos de inversión de largo plazo, que no cuentan con un plazo de vigencia determinado no con una garantía específica y cuyos rendimientos son variables, ya que están en función de los dividendos que pague la emisora en efectivo o en títulos y por la ganancia de capital que se obtenga o no resultado de la diferencia entre el precio de compra y el de venta que se realice de estos títulos en el mercado de valores.



Finalidad: Aumento de recursos
Elementos Personales: Sociedad


Requisitos
•Ser nominativas
•Emitirse en denominaciones de 100 pesos o sus múltiplos.
•Registro Nacional de Valores e Intermediarios

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